lunes, 25 de noviembre de 2013

Planificación estratégica

Fundamentalmente, en la planificación estratégica los directivos analizan todos los aspectos relacionados con la empresa, sus productos y servicios, sus procesos de fabricación y de formulación de los servicios, y las estructuras que la empresa tiene diseñada para cumplir con todos estos procesos. Parte importante de la planificación estratégica es que la empresa hace todo este tipo de análisis sobre sus competidores también, comparando y contrastando las distintas formas de trabajar para aprender cómo hacerlo mejor analizando toda la información disponible.
Además, fundamental en este análisis es la evaluación de lo que puede impactar el futuro de la empresa y de su forma de trabajar; las nuevas tecnologías, nuevas formas de fabricar, nuevas tendencias en las distintas áreas de la empresa y cómo los cambios gubernamentales impacta, tanto lo que la empresa está haciendo como su futura actividad. Cambios potenciales futuros en las políticas gubernamentales, en las formas de trabajar, en las tecnologías, incluso en los precios y disponibilidad de los distintos recursos impactan continuamente el plan estratégico.
En estas páginas hemos hablado de herramientas que facilitan este trabajo. Un ejemplo de análisis estratégico que ha hecho mucho ruido a lo largo de los años es el cuadro estratégico de Michael E. Porter, profesor de la universidad de Harvard. Vemos el cuadro en la foto, que analiza la empresa, incluyendo los trabajadores, los suministradores, los clientes, los nuevos entrantes al sector y los productos subsitutos. Este análisis da una buena foto de donde está la empresa estratégicamente y ayuda a entender dónde está la empresa en su entorno estratégico y el análisis de los planes pueden ser a corto, mediano y largo plazo.
También existen herramientas analíticas para el análisis de los distintos negocios de las empresas. Una de estas, comentada en estas páginas, es la matriz de la consultora Boston Consulting Group (BCG) que ayuda en el análisis de los distintos negocios dentro de la empresa y de su necesidad de recursos.
Un plan bien elaborado que detalla la planificación estratégica de la empresa, permite a todos los grupos dentro de la empresa un plan de acción de donde la empresa quiere ir, cómo piensa hacerlo y ayuda a los directivos a adecuar su situación y su actividad al camino establecido por el plan. Además, un plan bien elaborado permite a las empresas a establecer los recursos que necesitará en el futuro, recursos de personas y de capital para hacer frente a las necesidades del negocio.

Está claro que la planificación estrategia es sólo una parte del trabajo, la segunda parte es la implementación correcta y exitosa. Aunque no siempre es fácil verlo, la planificación estratégica es una parte muy importante de asegurar el éxito de una empresa, ahora y en el futuro.

Nedjelka Nuñez, Roselyen Jerez

Análisis de contrato

   * Concepto de Contrato
Según el diccionario de ciencias jurídicas, políticas y sociales de Manuel Osorio, el contrato o convenio entre las partes que se obligan sobre materia o cosa determinada y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas.
Según Capitant, el contrato lo define como un acuerdo de voluntades entre dos o más personas, con el objeto d crear entre ellas vínculos de obligaciones.
El artículo 1.133 del código civil venezolano señala que el contrato es una convención entre dos o más personas para constituir reglas transmitir, modificar, o extinguir entre ellas un vínculo jurídico.
Elementos esenciales de un contrato
El artículo 1.141 del código civil, señala que las condiciones requeridas para la existencia de un contrato.
   1. Consentimiento de las partes
   2. Objeto que pueda ser material de contrato
   3. Causa lisita
 PARTES DE UN CONTRATO       
             La libertad formal suele caracterizar casi todos los tipos de contratos aunque la mayoría siguen modelos bastante parecidos con las siguientes partes:     
 1.- Título.-    
 Indica el tipo de contrato         
 2.- Cuerpo Sustantivo.-   
 Que identifica las partes. Estas pueden ser, según el tipo de contrato, tanto personas físicas como jurídicas.
    Consta de las siguientes partes:
·         Lugar y fecha de contrato
·         Identificación de quienes van a suscribirlo.
·         Representaciones de los intervinientes indicando si suscriben el contrato en su propio nombre   o en representación de un tercero o sociedad
·         Identificación, si son aplicables, de los objetos y servicios objeto del contrato.
·         Identificación, si son aplicables, de otros elementos como ámbito geográfico.   
 3.- Exposición.-      
 Relacionan los hechos y antecedentes que pueden ser relevantes pero que carecen de valor normativo.
También pueden incluir cláusulas que establezcan el significado de determinados conceptos para el contrato en cuestión.      
 4.- Cuerpo Normativo.-  
 Pactos o acuerdos objeto del contrato. Son las cláusulas normativas. 
 5.- Cierre.-
 Fórmula de cierre donde se indica la forma de realizar el acuerdo.      
 6.- Anexos.-
 Desarrollan algunos aspectos complejos del contrato para simplificar su lectura.     

Modalidades del contrato
   * Oneroso y gratuito
   * Comultivos y aleatorios
   * Principales y accesorios
   * Instantáneos
   * Consensual y real
   * Solemne y no formal
   * Privado y publico
   * Nominado típico, y nominado y atípico



Prohibiciones legales de venta
El artículo 1.148 del código civil :    El  Error de hecho produce la anulabilidad del contrato cuando recae sobre la cualidad de la cosa o sobre una circunstancia que las partes han considerado como esenciales o que deben ser consideradas como tales en atención a la buena fe y a las condiciones bajo las cuales ha sido conducido el contrato.
 Es también causa de anulabilidad El Error sobre la identidad o  las cualidades de las personas con quien se ha contratado, cuando esa identidad o esas cualidades han sido la causa única o principal del contrato.
Tradición legal
Es el movimiento o tradición legal de un bien mueble, inmueble o totalmente protocolizado una certificación de gravamen es para saber que está libre de hipoteca o deudas.
Saneamiento de ley
Artículo 1.503 del código civil venezolano, por el saneamiento que debe el vendedor al comprador, responde aquel
   1. De la posesión pacifica de la cosa vendida
   2. De los vicios o efectos ocultos de la misma
Saneamiento de ley de un bien Mueble. El saneamiento que debe el vendedor al comprador responde a que ejemplo: experticia del  C.I.C.P.C y  Revisión de transito.
Saneamiento de ley de un bien Inmueble
La certificación de gravamen como mínimo por los últimos 10 años
Protocolización y autentificación
Protocolización: ERGA OMNES.
Tiene que ver con hacer el registro respectivo.
Recaudos exigidos para su registro y o autenticación e investigación.
   * Identificación de las partes
   * Fotocopia del documento del mueble o inmueble
   * Documento de gravamen

   * Documento de revisión

Nedjelka Nuñez, Roselyen Jerez

Término de giro

Todo emprendedor o empresario puede, en algún momento de su vida, requerir finalizar sus actividades comerciales o industriales. Esa decisión implica, en muchos casos, realizar el trámite de término de giro ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Con la finalidad de facilitar la realización de este procedimiento, presentamos a continuación los aspectos claves que debe conocer si desea concluir sus actividades comerciales.

¿Qué es el término de giro?
El término de giro corresponde al cese de actividades comerciales o industriales.
La legislación tributaria chilena establece la obligación de notificar formalmente al SII cuando se de término a un giro comercial o industrial y por ende se deje de estar afecto a impuestos.
¿Quiénes deben realizar este trámite?
Deben realizar este trámite todos los contribuyentes que den término a su giro comercial o industrial, o que cesen sus actividades, y que dejen de estar afectos a impuesto de primera categoría.
Sin embargo existen ciertos contribuyentes que no deberán dar aviso de término de giro, como los siguientes:
 Los contribuyentes con varias actividades afectas a primera categoría y que cesen en una o varias de ellas, pero que mantienen por lo menos una, sólo deben dar aviso de la modificación.
 Los contribuyentes que sólo tengan rentas de segunda categoría, es decir profesionales independientes que sólo timbran boletas de honorarios.
 Los contribuyentes que no sean sociedades anónimas o en comandita por acciones, que exploten a cualquier título vehículos motorizados en el transporte terrestre de pasajeros, que estén acogidos al régimen de renta presunta y que no tengan otras rentas de primera categoría y/o hagan uso del crédito tributario Sence.
 Los contribuyentes que exploten a cualquier título vehículos motorizados en el transporte terrestre de pasajeros y/o de carga ajena, cuando enajenen uno o más de dichos vehículos y que deseen continuar con esta actividad u otra que tribute en la primera categoría, en un plazo inferior a los 6 meses desde que se dio aviso a la venta en el SII.
¿Cuándo se hace este trámite?
Los contribuyentes deben dar aviso de término de giro al SII dentro de los 2 meses siguientes al término del giro de sus actividades. Por ejemplo, si la actividad o giro finaliza el 10 de septiembre, debe informarse, a más tardar, el 11 de noviembre del mismo año.

¿Dónde se hace este trámite?
Este trámite puede realizarse por Internet, en la página web del SII, en el menú "Registro de Contribuyentes" encontrará la opción "Declaración de Término de Giro".
También puede realizar este trámite en la sección de término de giro, de la Unidad del Servicio de Impuestos Internos correspondiente al domicilio del contribuyente.
 Trámite paso a paso por Internet
 Trámite paso a paso en la Unidad
Requisitos y documentos
Para realizar este trámite a través de la página web del SII, deberá contar con una clave secreta en www.sii.cl y tener inicio de actividades vigente.
Cuando el trámite se hace en una unidad, el contribuyente debe presentar, entre otros, los siguientes documentos:
 El Formulario 2121, de aviso y declaración por término de giro, llenado según las instrucciones.
 Cédula de identidad del contribuyente. En el caso que sea un tercero el que realiza el trámite, deberá presentar su cédula de identidad y una fotocopia de la cédula del contribuyente autorizada ante notario, oficial del Registro Civil o un Ministro de Fe del SII.
 Documentación timbrada y sin emitir. Se deben presentar facturas, guías de despacho, boletas, etc., que hayan sido timbradas y que al momento de dar aviso de término de giro se encuentren sin utilizar.
 Declaración de Renta del año comercial anterior al período de término de giro (excepto los contribuyentes que estén afectos sólo a impuestos de segunda categoría).
 Declaración de IVA de los últimos tres meses (excepto los contribuyentes que estén afectos sólo a impuestos de segunda categoría)

 Certificado de deuda fiscal, emitido por Tesorería, con antigüedad no mayor a un mes.

Nedjelka Nuñez, Roselyen Jerez

Inicio de actividades

En general, las personas que inician negocios o labores en nuestro país, susceptibles de producir rentas gravadas a que se refiere los Nro. 1, letra a) y b), 3, 4 y 5 de los Art. 20° y 42 N° 2 y 48° de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se encuentran obligados a realizar el trámite de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. Entre dichos negocios o labores se encuentran: la agricultura, comercialización de bienes, industria, minería, explotación de recursos naturales, martilleros, agentes de aduanas y las provenientes del ejercicio de servicios profesionales u ocupaciones lucrativas en forma independiente.

Cabe indicar que, las personas naturales, chilenos o extranjeros, con residencia en el extranjero, para realizar este trámite, tienen la obligación de actuar por intermedio de un representante legal, con residencia en el país, para lo cual, este último, debe presentar el documento correspondiente que lo acredita como tal. Para dichos efectos, si el poder fue otorgado en el país, debe ser visado ante Notario Público, Ministro de Fe del SII u Oficial del Registro Civil (cuando no exista Notario). Si fue dado en el extranjero, debe ser visado por el respectivo Cónsul de Chile en el país de origen (o ante quien represente los intereses de Chile en dicho país) y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

En el mismo sentido, respecto de los extranjeros residentes, ellos no tienen obligación de actuar por medio de representantes legales o mandatarios, pero si así lo hiciesen, éstos deben presentar el documento correspondiente que los acredita como tal.
Antecedentes requeridos para el trámite

Chilenos domiciliados en el extranjero:
Cédula Nacional de Identidad del representante. Si éste es extranjero, Cédula de Identidad para Extranjeros y Cédula RUT.
Poder o mandato del contribuyente al representante válido en el país, en el cual se debe indicar el número de la Cédula Nacional de Identidad del contribuyente.
Formulario Nro. 4415, lleno y firmado.
Acreditar el domicilio.
Extranjeros
Entre otros particulares, según sea el caso, al menos debe presentar:

Cédula de Identidad para Extranjeros o, en su defecto, la autorización o visación otorgada por el Departamento de Extranjería y Migración, del Ministerio del Interior, o por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que le autoriza a desarrollar actividades remuneradas en nuestro país más documentación identificatoria, esto es, el pasaporte vigente de su país, o la cédula de identificación de su país, si Chile tuviese convenio que no exigiese el pasaporte.
Cédula Nacional de Identidad del representante. Si éste es extranjero, Cédula de Identidad para Extranjeros y Cédula RUT.
Poder o mandato del contribuyente al representante válido en el país.
Cédula RUT del contribuyente.
Formulario Nro. 4415, lleno y firmado.
Acreditar el domicilio.
Observaciones del trámite
No deben realizar Iniciación de Actividades, entre otros:
Trabajador dependiente,
Socio de sociedad, no constituidas éstas como Establecimientos Permanentes de empresas extranjeras,
Rentistas de capitales mobiliarios
Formulario asociado:

Para realizar estos trámites, los interesados se deben acercar a la oficina del Servicio de Impuestos Internos que tenga jurisdicción sobre el domicilio que, para estos efectos, declara el contribuyente, proporcionando los antecedentes e información solicitada en el Formulario 4415: Inscripción al Rol Único Tributario y/o Declaración de Inicio de Actividades.

Nedjelka Nuñez, Roselyen Jerez

Modificación de sociedades

Para modificar la constitución de una Sociedad, y que ésta refleje la realidad actual de su empresa, preparamos los documentos de igual forma en un mínimo plazo. Establecer la nueva estructura societaria, sea que esto se traduzca, como la salida o ingreso de nuevos socios, aumento o disminución de capital, etc.

MODIFICACIÓN: Asesoría integral en la adecuada estructura legal, que su empresa requiere de acuerdo a nuevos desafíos comerciales que enfrente. Nuestro servicio profesional, para modificaciones de una constitución de sociedad tiene un costo total desde los $200.000, e incluye:

* Escrituración en Notaría.
* Registro de Comercio en el Conservador de Bienes Raíces.
* Publicación de extracto en el Diario Oficial.
* Protocolización de extracto en Notaría.
* Tiempo de tramitación 9 días hábiles.
* Honorarios profesionales.

TRANSFORMACIÓN: Nuestro servicio profesional, para Transformación de una sociedad, sea esta de E.I.R.L. a  LIMITADA o  de LIMITADA  a E.I.R.L. o de LIMITADA a SOCIEDAD ANÓNIMA tiene un costo total desde los $280.000, e incluye:

* Escrituración en Notaría.
* Registro de Comercio en el Conservador de Bienes Raíces.
* Publicación de extracto en el Diario Oficial.
* Protocolización de extracto en Notaría.
* Tiempo de tramitación 9 días hábiles.

* Honorarios profesionales.

Nedjelka Nuñez, Roselyen Jerez

Constitución de sociedades

La constitución de sociedad es un paso básico para toda persona que desea formalizar su negocio y proteger su patrimonio personal.

Lo primero que debe hacer es definir que estructura jurídica que adoptará su empresa. La estructura más básica que contempla la legislación chilena es la sociedad, una forma de organizarse frente a una actividad empresarial a desarrollar, sea pequeña, mediana o grande.

Existen diversos tipos de sociedades comerciales, tales como:
- Sociedad Anónima
- Sociedad de Responsabilidad Limitada
- Sociedad Colectiva
- Sociedad Comanditaria

PASOS PARA CONSTITUIR LA SOCIEDAD:
 Escritura de Constitución de Sociedad
Contactarse con un abogado u otro experto para redactar la Escritura de Constitución de Sociedad. Para realizar este trámite se requiere la presencia de todos los socios con su cédula de identidad y un abogado debe firmar la escritura.
Costo: Los abogados tienen cada uno sus propias tarifas. Sin embargo, pueden cobrar en promedio $200.000.
 Legalizar la escritura
Tras obtener la escritura firmada por el abogado, todos los socios deben presentarse en notaría para legalizarla. Deben llevar sus cédulas de identidad y el borrador de la escritura para proceder a firmarla y obtener un extracto notarial de la misma para publicar en el Diario Oficial.
Sitios de interés
Asociación de Notarios de Chile
Diario Oficial
Conservador de Bienes Raíces
 Costo: La ley establece un cobro de uno por mil del capital inicial. Por ejemplo si el capital del negocio son $5.000.000, el uno por mil serían $5.000. Sin embargo, las notarías incorporan otros gastos como el número de copias y los extractos que después se publican en el Diario Oficial por lo que el costo del trámite puede aumentar considerablemente, llegando en el caso del capital inicial de $5.000.000 a $50.000.
 Publicación en el Diario Oficial
El siguiente paso, luego de obtener el extracto de la Escritura de Constitución de Sociedad, es publicarlo en el Diario Oficial, para lo cual existe un plazo de 45 días.
 Costo: El Diario Oficial cobra $32 pesos por carácter, por lo que un extracto de 1.000 caracteres tendrá un costo de $32.000.
 Inscripción en el Registro de Comercio
Con la finalidad de documentar la existencia de la sociedad, un extracto de la escritura debe inscribirse en el Registro de Comercio (Conservador de Bienes Raíces) correspondiente al domicilio de la sociedad, en el plazo de 60 días corridos (que significa que se cuentan los días normales o hábiles, más los feriados o inhábiles) desde la fecha de constitución de la escritura.
 Costo:El Conservador aplica una tasa de 0,2% del capital inicial. En general, el costo mínimo es de $6.000 y el máximo de $300.000.

ESCRITURA
El contenido de la Escritura de Constitución de Sociedad varía según el tipo de sociedad que se pretende formar.
El Código de Comercio establece en su artículo 352 que la escritura social debe expresar:
1- Los nombres, apellidos y domicilios de los socios
2- La razón o firma social
3- Los socios encargados de la administración y del uso de la razón social
4- El capital que introduce cada uno de los socios, sea que consista en dinero, en créditos o en cualquiera otra clase de bienes; el valor que se asigne a los aportes que consistan en muebles o en inmuebles; y la forma en que deba hacerse el justiprecio de los mismos aportes en caso que no se les haya asignado valor alguno
5- Las negociaciones sobre que deba versar el giro de la sociedad
6- La parte de beneficios o pérdidas que se asigne a cada socio capitalista o industrial
7- La época en que la sociedad debe principiar y disolverse
8- La cantidad que puede tomar anualmente cada socio para sus gastos particulares
9- La forma en que ha de verificarse la liquidación y división del haber social
10- Si las diferencias que les ocurran durante la sociedad deberán ser o no sometidas a la resolución de arbitradores, y en el primer caso, la forma en que deba hacerse el nombramiento
11- El domicilio de la sociedad

12- Los demás pactos que acordaren los socios.

Nedjelka Nuñez, Roselyen Jerez

Contabilidad computacional

Permite a los contribuyentes solicitar la autorización del SII para sustituir los libros de contabilidad y auxiliares por hojas sueltas llevadas computacionalmente.

El trámite sólo se puede realizar cuando el contribuyente:

No lleva la contabilidad en hojas sueltas y desea optar por el sistema.
Lleva la contabilidad en hojas sueltas en medios distintos al computacional, y desea llevarlos computacionalmente.


Al enviar la solicitud, la persona declara conocer y aceptar las condiciones que el SII establece para llevar la contabilidad en hojas sueltas llenadas por medios computacionales.

Nedjelka Nuñez, Roselyen Jerez

martes, 12 de noviembre de 2013

Declaración jurada

En legalizar toda documentación emitida en Chile para ser válida en el extranjero, la que debe estar suscrita por la autoridad nacional competente.
Cada año el Servicio de Impuestos Internos nos sorprende en el suplemento tributario sobre declaraciones juradas con nuevas obligaciones para los contribuyentes, sea a través de nuevas declaraciones o bien modificando las existentes. Bueno, el presente año tributario no es la excepción, más aún si entran en vigencia las modificaciones legales introducidas por la Ley N° 20.630, de 2012, y además si consideramos que la administración tributaria, a través de estas declaraciones, obtiene la mayor cantidad de información que necesita para sus procesos de fiscalización y control. Por lo tanto, en la siguiente tabla entregamos un listado de las distintas declaraciones juradas que se han visto modificadas, así como también aquellas declaraciones que se incorporan para el presente año tributario.

Declaraciones Juradas y su incidencia en Procesos de Restructuración Empresarial
El SII en su constante acción de fiscalización está exigiendo a los grandes contribuyentes información relacionada con su patrimonio tributario, su balance; sus agregados y desagregados de la RLI, sus reorganizaciones, su adopción de IFRS. Hasta antes de estas nuevas declaraciones juradas esta información la manejaba exclusivamente la empresa, y la determinación de la misma incide directamente en futuros procesos de reorganización empresarial. El objetivo de la conferencia, es analizar con visión crítica la entrega de dicha información, al tenor de la importancia y confidencialidad de la misma y generar una instancia de discusión de este tema entre profesionales del área tributaria.
Programa
08:30 - 13:00 horas
Los nuevos requerimientos de información a analizar son los siguientes:
Declaración Jurada sobre la participación de socios gestores en sociedades de personas. Formulario 1803.
Declaración Jurada sobre Antecedentes sobre Reorganizaciones Empresariales. Formulario 1807.
Declaración Jurada sobre Capital Propio asociado al Inversiones. Formulario 1845.
Declaración Jurada sobre Base Imponible y datos Contable Balance. Formulario 1846.

Declaración Jurada sobre Balance de 8 Columnas. Formulario 1847.

Nedjelka nuñez

Elaboración de estados financieros

¿Qué es una declaración conjunta?
Las declaraciones conjuntas se emiten periódicamente para proporcionar información detallada sobre el estado de las finanzas para más de una persona afiliada, organización o negocio. Puede incluir información relativa a los ingresos anteriores, los ingresos futuros previstos y la contabilidad financiera.

Propósito
En un contexto financiero, las declaraciones se emiten específicamente para informar sobre el estado de los asuntos financieros de la entidad. Si bien las declaraciones conjuntas se pueden aplicar a empresas, organizaciones y corporaciones, por lo general son emitidas por personas con intereses monetarios afiliados, tales como individuos con inversiones compartidas y las asociaciones empresariales.

Tipos
Fundamentalmente, hay tres elementos clave que definen el propósito de las declaraciones conjuntas: las finanzas anteriores; información financiera actual; y los indicadores de desempeño financiero futuro. Estos son capturados en una declaración conjunta para ofrecer a los inversores potenciales una información detallada sobre la salud financiera compartida de las partes asociadas.

Consideraciones

En una declaración conjunta, es importante que los principales pasivos financieros sean incluidos. Estos pueden incluir con mayor frecuencia los activos físicos, sin embargo, es importante que los activos menos tangibles, tales como las inversiones externas a la empresa conjunta estén documentados. Los compromisos, como las deudas y los pasivos, también son esenciales para crear un estado preciso.

Nedjelka Nuñez, Roselyen Jerez

Tramites administrativos

Abrir un negocio exige cumplir un ciclo de tareas administrativas imprescindibles para que se sigan los requisitos legales fijados en nuestro país.
Trámites genéricos
Independientemente de cuál sea el tipo de tu empresa, en este apartado encontrarás toda la información sobre todos los trámites de carácter general como declaración Previa al inicio de Operaciones, licencia de obras, obras mayores, obras menores, licencia de Actividad, el Impuesto de Actividades Económicas, la declaración Censal de Inicio de Actividad Afiliación a la Seguridad Social, el alta en los Regímenes correspondientes, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.....
Cada uno de los trámites va acompañado del organismo en el que se realiza de tal manera que no perderás el tiempo esperando largas colas en el lugar equivocado.
  Trámites específicos y otros requerimientos
Dependiendo de la forma jurídica de tu empresa deberás realizar una serie de trámites u otros. No es lo mismo que tu negocio esté relacionado con la venta de automóviles que con transformación de agua en energía, por poner un ejemplo. Cada sector cuenta con unas limitaciones y unos requisitos previos que es importante tener en cuenta.
  Todas las solicitudes se deberán entregar por duplicado y firmadas con tinta para su recepción. Todas las solicitudes estarán sujetas a revisión y disponibilidad presupuestal.

1. Solicitud de Viáticos y Prácticas de Campo. Los investigadores y estudiantes podrán solicitar viáticos y prácticas, en el caso de salidas futuras, éstas se programarán hasta un plazo no mayor a 2 meses, debido que solo se pueden ingresar a recuperación ante Contabilidad aquellos documentos en curso, no posfechados. Estas solicitudes deberán entregarse como mínimo 10 días naturales antes de la salida de campo.

2. Solicitud de Vehículos.- Con esta hoja de ayuda, los investigadores podrán hacer su programación de vehículos con anticipación y deberá traer Vo. Bo. Del Coordinador de Programa.

3. Solicitud de Material Vales de Almacén.-En este formato podrán programar todos los requerimientos de material por anticipado del próximo mes y lo deberás entregar en la Administración del 01 al 15 del mes en curso. En él podrás pedir papelería, consumibles (CD’s, DVD’s, cartuchos, toner), cafetería, etc., de esta manera lograremos una mejor planeación en tiempo y forma, para que este departamento administrativo pueda realizar una sola compra por mes, cuidando los criterios de normatividad que marca la Universidad. En el caso de compras imprevistas, éstas deberán ser las mínimas, en el supuesto que cada área tiene un control adecuado en la programación de actividades inherentes.

4. Solicitud de Mantenimiento de Área.- Este formato se deberá llenar en el caso que el área laboral tenga algún desperfecto, servicio eléctrico, servicio de cerrajería, o requiera algún otro servicio.
5. Solicitud de Recuperación de Gastos.- Los investigadores y estudiantes deberán llenar este formato, anexando la documentación original, cada documento deberá tener nombre, firma o rúbrica así como No. de Proyecto y Subproyecto de afectación en un lugar visible del documento, los cuales estarán sujetos a revisión y disponibilidad. Los investigadores y estudiantes podrán pasar a recoger un reporte mensual de su situación financiera. Se les recuerda que esta Administración maneja fechas de cierre ante diferentes instancias por lo que se les sugiere ejerzan sus recursos con anticipación de manera programada, evitando de esta forma, compras innecesarias y aglomeración de trámites de última hora. También se les recuerda que deberán entregar en tiempo y forma copia de su Distribución Presupuestal por Proyecto y partida en cuanto sea autorizada por la Dirección de Investigación y Difusión Cultural, en el entendido que si dicha distribución no se apega a sus necesidades reales, se podrán hacer transferencias presupuestales hasta el 15 Septiembre de 2011 a más tardar, de lo contrario deberán apegarse al ejercicio de su distribución en capítulo y partida.

nedjelka nuñez


Definición y tipos de liquidaciones

La liquidación de sueldo es el documento que certifica el pago de las remuneraciones y los descuentos, entre otros previsionales, que se le hacen al trabajador; generalmente estas se entregan al finalizar cada mes.

En términos generales, por liquidación se refiere a la acción y el efecto de liquidar, que puede hacerse efectiva en el ajuste formal de una cuenta, al pagar enteramente la misma o bien poniéndole punto final a un estado de cosas.

Jenifer Azocar

Cálculo y tipos de remuneraciones

Se entiende por remuneración las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo.

Clasificación de las remuneraciones:
Existen diversas clasificaciones de las remuneraciones, como las siguientes:

1) Ordinarias, extraordinarias y especiales:
Remuneraciones ordinarias son aquellas que nacen como consecuencia de la retribución de los servicios prestados, lo que determina que su pago tenga lugar con cierta periodicidad como, por ejemplo, el sueldo, la comisión, etc.
Remuneraciones extraordinarias son aquellas que nacen a título de retribución de servicios prestados esporádicamente, en cuyo caso el pago se verifica cuando se acredita el cumplimiento de los requisitos que se fijan para impetrarlos. Un caso típico de este tipo de remuneración es el sobresueldo u horas extraordinarias.
Remuneraciones especiales son aquellas que se originan en razón de cumplirse condiciones especiales, tales como aguinaldos, bonos, etc.

2) Fijas y variables:
Remuneración fija es aquella que en forma periódica, semanal, quincenal o mensual, percibe el trabajador, siendo fija en la medida que su monto no varíe en sus períodos de pago, siendo el sueldo un ejemplo típico de este tipo de remuneración.
Remuneración variable, es aquella que, conforme al contrato, implica la posibilidad de que el resultado mensual total no sea constante entre uno u otro mes como, por ejemplo, las comisiones.
Esta clasificación es importante, entre otras cosas, para la determinación de la remuneración durante el feriado conforme al artículo 71 del Código del Trabajo.

3) Principal y accesoria:
Una remuneración puede ser clasificada de principal cuando responde a la contraprestación fundamental pactada en el contrato, en términos que no depende de otra para su procedencia y cálculo, por ejemplo, el sueldo, bono de antigüedad, etc.
La remuneración es accesoria, cuando se calcula sobre la remuneración principal, como por ejemplo, el sobresueldo u horas extraordinarias.

Tipos de remuneraciones:

El artículo 42 del Código del Trabajo enumera y define algunos tipos de remuneraciones. A diferencia de la enumeración del inciso 2º del artículo 41, que es taxativa, la que efectúa el citado artículo 42 es meramente ejemplar, por lo cual, existen otros tipos de remuneraciones que reciben diversas denominaciones, tales como aguinaldos, bonos, etc.
Todos los conceptos que contempla el artículo 42 constituyen remuneración, existiendo entre ésta y aquéllos una relación de género a especie.
De acuerdo al citado precepto legal constituyen remuneración:
 1) El Sueldo:
Es definido como estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 10 del Código del Trabajo.
De acuerdo a la definición legal para que un estipendio pueda ser calificado como sueldo, deben concurrir copulativamente los siguientes requisitos:
- Que se trate de un estipendio fijo.
El elemento fijeza que le da a un determinado beneficio el carácter se sueldo, está representado por la posibilidad cierta de percibirlo mensualmente y, además, porque su monto y forma de pago se encuentren preestablecidos en el contrato de trabajo o en acto posterior.
- Que se pague en dinero.
- Que se pague en períodos iguales determinados en el contrato.
- Que responda a una prestación de servicios.
De esta manera, aun cuando las partes le den otra denominación, será sueldo todo pago que reúna los requisitos mencionados. La importancia de determinar el sueldo dentro de una remuneración que tiene varios componentes radica en que, por una parte, su monto no puede ser inferior al ingreso mínimo (salvo el caso de los trabajadores no afectos a jornada) y, por otra parte, debido al hecho de que el sueldo sirve de base para calcular beneficios tales como el sobresueldo u horas extraordinarias.


2) Sobresueldo:
El sobresueldo corresponde a la remuneración de las horas extraordinarias de trabajo. Al tenor del artículo 30 del Código del Trabajo constituye jornada extraordinaria la que excede del máximo legal o de la pactada contractualmente, si fuese menor.
Las horas extraordinarias se pagan con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria y deben liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo período. Las horas extraordinarias deben calcularse en relación al sueldo convenido para la jornada ordinaria, no siendo jurídicamente procedente considerar para estos efectos un sueldo de monto inferior al ingreso mínimo. Ahora bien, el recargo legal del 50% se aplica de igual forma cual quiera que sean los días y los horarios en que se laboren las horas extraordinarias. En todo caso, no existe inconveniente jurídico en que las partes pacten un recargo mayor al 50% que la ley establece como recargo mínimo.


3) La Comisión:
Este tipo de remuneración corresponde al porcentaje sobre el precio de las ventas o compras o sobre el monto de otras operaciones que el empleador efectúa con la colaboración del trabajador.
Para que una remuneración sea calificada como comisión debe reunir la característica esencial de ser una suma porcentual calculada sobre el valor de las ventas o compras, o sobre el monto de otras operaciones que realice la empresa con la colaboración del trabajador. La existencia de la comisión está subordinada a las ventas, compras u otras operaciones comprendidas en el giro comercial de la empresa.
Ahora bien, la comisión no puede estar sujeta a una condición ajena a las partes, por lo que no resulta procedente sujetar el nacimiento de la comisión pactada a condición alguna que no sea la propia prestación de servicios personales y subordinados, en los términos convenidos en el contrato de trabajo. Es así que resultaría ilegal descontar de las comisiones sumas que correspondan a cuentas pagadas con cheque de los clientes que resulten protestados, o que estos dejen sin efecto la adquisición de un producto.
En efecto, la Dirección del Trabajo ha señalado en su doctrina administrativa que el derecho al pago de la retribución pactada nace a la vida jurídica en el momento mismo en que se efectúa la prestación como una obligación simple y pura, sin que le afecte limitación alguna, no siendo viable, por tanto, que el empleador la supedite a una condición suspensiva, esto es, a un hecho futuro e incierto, el cual, mientras no se produzca, suspende el ejercicio del derecho a tal remuneración.


4) La Participación:
Se puede definir como la proporción en las utilidades de un negocio determinado o de una empresa o sólo de la de una o más secciones o sucursales de la misma.
Se tiende a confundir la participación con la gratificación pues ambas suponen la existencia de utilidades, sin embargo, presentan diferencias importantes, a saber:

a) La participación tiene un origen contractual, su existencia, monto y condiciones dependen del acuerdo de las partes.
La gratificación tiene un origen legal, la ley obliga a pagarla cuando concurren ciertos requisitos.

b) La participación se puede calcular sobre las utilidades de un negocio, de una empresa o de una o más secciones de una empresa.
La gratificación se calcula sobre las utilidades de la empresa en su conjunto.

5) La Gratificación:
La letra e) del artículo 42 del Código del Trabajo prescribe que corresponde a la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del referido Código, los empleadores que obtienen utilidades líquidas en su giro al término del año, tienen la obligación de gratificar anualmente a sus trabajadores, sea por la modalidad del señalado artículo 47, es decir, en proporción no inferior al 30% de dichas utilidades o por la vía del artículo 50 del mismo cuerpo legal, esto es, pagando al trabajador el 25% de lo devengado en el respectivo ejercicio comercial por concepto de remuneraciones mensuales con un límite de 4,75 ingresos mínimos mensuales. De esta manera, el derecho a la gratificación nace de la ley y no del contrato y se genera desde el momento que terminado el ejercicio comercial de que se trate, el resultado contable al 31 de diciembre indique que el empleador ha obtenido utilidades líquidas en su giro. En caso de existir utilidades líquidas la gratificación debe pagarse a más tardar en el mes a abril del año siguiente al del ejercicio comercial de que se trate.

Como se calculan las remuneraciones:
Las remuneraciones se calculan mediante las liquidaciones de sueldo. Las liquidaciones de Sueldo se entregan a finales de cada mes dependiendo de la forma de pago que tenga la empresa

Estas se componen por haberes y Descuentos

Haberes Imponibles

Sueldo Base
Gratificación
Bonos y Comisiones
Incentivos
Horas Extras

Haberes no imponibles

Bono Locomoción
Bono Movilización
Asignación Familiar

Descuento

AFP
Salud
Adicional Isapre
Seguro de Cesantía
Impuesto único
Prestamos Empresa
Anticipos

Como muestra la figura Nº 1, Les adjuntamos

Debe ir Logo corporativo
Rut de la empresa
Razón Social
Firma del trabajador

Copia Empleador y Copia Trabajador.

Jenifer azocar

lunes, 11 de noviembre de 2013

Confección de libros de compra y venta

El Libro de Compra-Venta es un registro de datos que se realiza para un período tributario (mes- año), dando origen a un resumen y detalle de las facturas y boletas

En él se registran las compras y ventas diarias que realiza el contribuyente con el objetivo de determinar el IVA y pagarlo en el SII el día 12 de cada mes. Es necesario dictar instrucciones en relación a la forma en que deben cumplir sus obligaciones tributarias, por los impuestos que se devenguen en las operaciones de ventas de productos o prestación de servicios

Una vez de haber iniciado sus actividades con permiso del S.I.I. y la municipalidad dela residencia, el comerciante podrá utilizar talonarios de boletas, guías de despacho y facturas timbradas por el S.I.I. para su negocio habitual, respaldando así las ventas y compras realizadas en dicho negocio


Ley: Normas obligatorias de carácter general, aprobada por el Poder Legislativo y sancionadas por el Poder Ejecutivo, quien ordena su promulgación y publicación en el Diario Oficial.

Libro Auxiliar: Es un libro complementario a los principales libros de contabilidad. Su función es registrar todas las operaciones que le son propias y centralizarlas en el Libro Diario mediante un solo asiento contable. Existen, entre otros, los siguientes libros auxiliares: Caja, Remuneraciones, Retenciones, Clientes, Compra y Ventas, etc.

Libro auxiliar de remuneraciones: Es un libro obligatorio para todo empleador con cinco o más trabajadores, en el que se deberá llevar un registro de las remuneraciones y ser timbrado por el Servicio de Impuestos Internos. Las remuneraciones que se encuentren en este libro serán las únicas que podrán considerarse como gastos por remuneraciones en la contabilidad de la empresa.

Libro de Compra y Ventas: Es un libro obligatorio para los contribuyentes afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA), en el que se deberá llevar un registro cronológico de las compras y ventas y ser timbrado por el Servicio de Impuestos Internos.

Libro FUT: El Fondo de Utilidades Tributarias es un libro especial de control que deben llevar los contribuyentes que declaren rentas efectivas en primera categoría, demostradas a través de contabilidad completa y balance general, en el cual se encuentra la historia de las utilidades tributables y no tributables, generadas por la empresa, las percibidas de sociedades en que tenga participación, los retiros de utilidades tributarias efectuados por sus dueños o socios y los créditos asociados a dichas utilidades. Dicho libro debe ser timbrado por el Servicio de Impuestos Internos y su implementación es obligatoria para los contribuyentes indicados anteriormente.

Libro Diario: Registro contable en el que se anotan todas las transacciones en forma cronológica. Está compuesto por él debe y el haber, donde se anotan los nombres de las cuentas debitadas y acreditadas con sus respectivos montos.

Libros foliados: Son libros contables que tienen estampado un número identificatorio en cada hoja.

Libro Mayor: Resumen del movimiento de cada una de las cuentas del Libro Diario. Este resumen arroja un saldo deudor o acreedor por cuenta, el cual es trasladado posteriormente al balance.

Liquidaciones de impuesto: Documento emitido en un proceso de fiscalización tributaria, según lo establece la Ley, y por lo general con posterioridad a una citación. En la liquidación del impuesto se consigna la diferencia determinada, más los reajustes, intereses y las multas correspondientes. Este documento debe ser notificado al contribuyente.

Facturas de Compras: Con su ingreso se irá confeccionando el Libro de Compra, permitiendo definir si es factura o nota de crédito, si es nula, exenta, propia o de terceros. Si es electrónica o no. También contempla la posibilidad de ingresar impuestos adicionales al IVA, como pueden ser los de los licores, bencina, retenedores, etc. Se podrán centralizar los montos de la factura (para llevarla a la contabilidad) desde una y hasta 3 cuentas diferentes a la vez y de una misma factura. Además el IVA se puede ingresar en forma manual, donde es el usuario quien define el neto, IVA y total, o bien en forma automática, donde sólo se ingresa el total y el sistema calcula el IVA. También se podrá llevar la cuenta corriente del proveedor, definiendo si el documento esta pagado o es a crédito y hacer abonos correspondientes. Bastará con digitar el Rut o buscarlo con una ayuda para que aparezcan los datos.

Facturas de Ventas: Permitirá confeccionar el Libro de Ventas y posee las mismas cualidades del de compra en cuanto a los impuestos, centralizaciones, si es Notas de Crédito, exenta etc. Cálculo manual o automático del IVA. Cuenta corriente de clientes, con sus respectivos abonos, etc.

Boletas de Venta: Al hacer este ingreso se confeccionara el Libro de Boletas ingresando el primer y último correlativo del día con su monto total obteniendo de esta forma el libro al final del mes.

Boletas de Honorarios: Al registrar cada una de las boletas de los prestadores se creará el Libro de Honorarios, bastará con digitar o escoger el Rut para que aparezcan sus datos y sólo se ingresará el monto total y el sistema se encargara del cálculo. Sin embargo y al igual que las facturas el cálculo de la retención puede ser ingresado manualmente. Esto también permitirá sacar el certificado de honorarios para enviárselo a los prestadores a través de una impresión o directamente a su correo electrónico de Internet a través de la misma pantalla del sistema. Resumen para confeccionar el Formulario 1879.

Folios: desde un número de inicio y hasta uno de término para sacar hojas foliadas listas para llevar a Timbraje, es decir permite foliar papel.

Resultados


En los libros de compras y ventas y boletas poseen potenciales características para poder obtener resultamos más eficientes, es así como se puede obtener un listado de centralización de las cuentas, para luego llevar a la contabilidad, resumen mensual de facturas y boletas con sus montos totales, cuadro con el total de IVA a pagar o Crédito a favor, según las facturas de compras v/s las de ventas y boletas. Consulte por módulo para redes

Nedjelka Nuñez y Roselyen  Jerez

Contratos de Trabajo

-¿Qué es el contrato de trabajo?
Acuerdo por el cual una persona natural (trabajador) se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica (empleador), bajo dependencia o subordinación y a cambio de un salario.
Tipos de contrato:

-¿Qué es un contrato de trabajo fijo discontinuo?
El contrato de trabajo por tiempo indefinido de fijos-discontinuos se concertará para realizar trabajos que tengan el carácter de fijos-discontinuos y no se repitan en fechas ciertas, dentro del volumen normal de actividad de la empresa.
Los trabajadores fijos-discontinuos serán llamados en el orden y la forma que se determine en los respectivos Convenios Colectivos, pudiendo el trabajador, en caso de incumplimiento, reclamar en procedimiento de despido ante la jurisdicción competente, iniciándose el plazo para ello desde el momento en que tuviese conocimiento de la falta de convocatoria.
El contrato de trabajo por tiempo indefinido de fijos discontinuos se deberá formalizar necesariamente por escrito en el modelo oficial establecido por el Servicio Público de Empleo Estatal. En el deberá figurar la duración estimada de la actividad a desarrollar, la forma y el orden de llamamiento que establezca el Convenio Colectivo aplicable, y la jornada laboral estimada y su distribución horaria.
Los Convenios Colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las particularidades de la actividad del sector así lo justifiquen, la utilización en los contratos de fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos.

-¿Qué es un contrato de trabajo por tiempo indefinido ordinario?
El contrato de trabajo por tiempo indefinido ordinario es aquél en el que las partes desconocen, a priori, cuál va a ser la duración de la relación laboral y pactan que sus prestaciones se prolonguen sin límite en su duración.
Adquirirán la condición de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de su contratación, los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el periodo de prueba. Así mismo, se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley.
Si la duración del contrato es superior al año, la parte que desee extinguirlo, deberá notificarlo a la otra parte con una antelación mínima de 15 días. Atendiendo a la causa de la extinción del contrato el trabajador tendrá derecho o no a indemnización.
En caso de extinción de la relación laboral por despido reconocido o declarado improcedente, el trabajador tendrá derecho a una indemnización consistente en 33 días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de 24 mensualidades. Cuando se trate de un despido improcedente de un contrato formalizado con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero se calculará a razón de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior a dicha fecha de entrada en vigor, y a razón de 33 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior. El importe indemnizatorio no podrá ser superior a 720 días de salario, salvo que el cálculo de la indemnización por el periodo anterior a la entrada en vigor del Real decreto Ley 3/2012, resultase un número de días superior, en cuyo caso se aplicará este como importe máximo, sin que dicho importe puedas ser superior a 42 mensualidades en ningún caso.

-Modelo de contrato de trabajo de interinidad
El contrato de interinidad es el que se celebra con el objeto de sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.
El contrato de trabajo de interinidad debe formalizarse siempre por escrito y debe especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación, identificar al trabajador sustituido y la causa de la sustitución y, en su caso, el puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se producirá tras el proceso de selección externa o promoción interna, así como especificar suficientemente la circunstancia que determina su duración, la duración del contrato así como el trabajo a desarrollar.
La duración del contrato será la del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido con derecho a reserva del puesto de trabajo. Cuando el contrato se celebre para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva, la duración será la del tiempo que dure el proceso correspondiente, sin que pueda ser superior a 3 meses, ni celebrarse un nuevo contrato con el mismo objeto una vez superada dicha duración máxima.
Este contrato de trabajo debe celebrarse a jornada completa excepto en dos supuestos: cuando el trabajador sustituido estuviera contratado a tiempo parcial o se trate de cubrir temporalmente un puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se vaya a realizar a tiempo parcial; o cuando el contrato se realice para completar la jornada reducida de un trabajador.
El contrato de interinidad se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando se produzca cualquiera de las siguientes causas:
La reincorporación del trabajador sustituido.
El vencimiento del plazo legal o convencionalmente establecido para la reincorporación.
La extinción de la causa que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo.
El transcurso del plazo de 3 meses en los procesos de selección o promoción para la provisión definitiva de puestos de trabajo o del plazo que resulte de aplicación en los procesos de selección en las Administraciones públicas.
Los contratos de trabajo de interinidad que tengan establecida legal o convencionalmente una duración máxima y que se hubiesen concertado por una duración inferior a la misma, se entenderán prorrogados tácitamente, hasta la correspondiente duración máxima, cuando no hubiese mediado denuncia o prórroga expresa antes de su vencimiento y el trabajador continuase prestando servicios.
Si llegado el término no se hubiera producido denuncia alguna de las partes y se continuara realizando la prestación laboral, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido. La falta de forma escrita, la falta de alta en la Seguridad Social o el fraude de ley, también supondrán la presunción de que el contrato se ha celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contra que acredite la naturaleza temporal de la prestación.

-¿Qué es un contrato de trabajo en grupo?
El contrato de trabajo en grupo se celebra entre un empresario y un grupo de trabajadores considerado en su totalidad.
La contratación se efectúa con el jefe del grupo, quien ostenta la representación de los trabajadores que lo integran, respondiendo de las obligaciones inherentes a dicha representación, destacando los aspectos relativos al cobro del salario y su posterior reparto. La empresa no tendrá, por tanto, frente a cada uno de los miembros del grupo los derechos y deberes que como tal le competen.

Su duración puede ser indefinida o determinada y el contrato puede ser verbal o escrito, comunicándose en todo caso al Servicio Público de Empleo en el plazo de 10 días desde su celebración.

Jenifer Azocar

martes, 5 de noviembre de 2013

Timbraje de documentos

Para operar, toda empresa requiere adquirir diversos documentos contables y tributarios como guías de despacho, boletas y facturas, entre otros, que posteriormente deberán ser timbrados y legalizados en el Servicio de Impuestos Internos (SII).
               
Economía y Negocios consultó los precios de algunos de los documentos más requeridos en distintas librerías e imprentas de Santiago y los precios estimados son los siguientes:

- Libro de compra y venta $1200
- Libro de balance e inventarios (50 hojas) $2000
- Guías de despacho (tamaño carta) $16.400
- 100 facturas autocopiativas (tamaño carta) $30.000
- 5000 boletas chicas $11.000

Tenga en cuenta que algunos de estos materiales pueden suplirse por registros computacionales del Servicio de Impuestos Internos (SII).
·         Timbraje de documentos
Este procedimiento legaliza los documentos requeridos para respaldar las diferentes operaciones que los contribuyentes realizan al efectuar sus actividades económicas.

Consiste en la autorización del SII de rangos de documentos a emitir por medio electrónico y/o aplicación de un timbre seco en cada documento y sus copias.
Recuerde
Los documentos electrónicos no requieren timbraje.

La autorización de emisión de documentos por medio electrónico se hace en el sitio web de SII, menús Facturas Electrónica y Boleta de Honorarios Electrónica.

El timbraje de documentos se debe realizar en la Unidad del Servicio bajo cuya jurisdicción se encuentra el domicilio del contribuyente o el de la Casa Matriz, declarado al SII en su Inicio de Actividad.
Formulario 3230
Formulario 3230

Generalmente los contribuyentes necesitan que se autoricen y/o timbren los siguientes documentos: boletas de ventas y servicios, boletas de honorarios, boletas de prestación a terceros, facturas, notas de débito, notas de crédito, guías de despacho, rollos de máquinas registradoras, entradas de espectáculos, letras de cambio, pagarés, libros de contabilidad empastados, entre otros.

Tenga en cuenta que:
El primer timbraje de documento que da derecho al crédito fiscal de IVA deberá ser autorizado por la unidad del Servicio de Impuestos Internos que previamente timbrará los documentos. Para estos efectos, deberá efectuar una verificación de la actividad y domicilio, en un plazo no superior a 10 días hábiles.
Costos
El trámite de timbraje de documentos en el Servicio de Impuestos Internos no tiene costo.

-Timbraje de documentos pasó a paso

Los documentos que debe presentar para realizar el trámite en la unidad son:
Cédula Rut del contribuyente (extranjeros, personas jurídicas u otros entes sin personalidad jurídica)
Cédula de identidad del contribuyente o fotocopia autorizada ante notario de ésta, si es un mandatario quien efectúa el trámite (personas naturales).
Cédula de identidad de quien realiza el trámite.
Formulario 3230 del SII, que corresponde a la Declaración Jurada de Timbraje de Documentos y/o Libros.
Documentos a timbrar.

Última declaración mensual vigente del impuesto a las ventas y servicios en el caso de los contribuyentes afectos a la Primera Categoría de la Ley de Rentas.

roselyen ; nedjelka

Iniciación de actividades

En general, las personas que inician negocios o labores en nuestro país, susceptibles de producir rentas gravadas a que se refiere los Nro. 1, letra a) y b), 3, 4 y 5 de los Art. 20° y 42 N° 2 y 48° de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se encuentran obligados a realizar el trámite de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. Entre dichos negocios o labores se encuentran: la agricultura, comercialización de bienes, industria, minería, explotación de recursos naturales, martilleros, agentes de aduanas y las provenientes del ejercicio de servicios profesionales u ocupaciones lucrativas en forma independiente.
Antecedentes requeridos para el trámite

1.-Chilenos domiciliados en el extranjero:
.-Cédula Nacional de Identidad del representante. Si éste es extranjero, Cédula de Identidad para Extranjeros y Cédula RUT.
.-Poder o mandato del contribuyente al representante válido en el país, en el cual se debe indicar el número de la Cédula Nacional de Identidad del contribuyente.
.-Formulario Nro. 4415, lleno y firmado.
.-Acreditar el domicilio.

2.-Extranjeros
Entre otros particulares, según sea el caso, al menos debe presentar:
.-Cédula de Identidad para Extranjeros o, en su defecto, la autorización o visación otorgada por el Departamento de Extranjería y Migración, del Ministerio del Interior, o por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que le autoriza a desarrollar actividades remuneradas en nuestro país más documentación identificativa, esto es, el pasaporte vigente de su país, o la cédula de identificación de su país, si Chile tuviese convenio que no exigiese el pasaporte.
.-Cédula Nacional de Identidad del representante. Si éste es extranjero, Cédula de Identidad para Extranjeros y Cédula RUT.
.-Poder o mandato del contribuyente al representante válido en el país.
.-Cédula RUT del contribuyente.
.-Formulario Nro. 4415, lleno y firmado.
.-Acreditar el domicilio.
•             Observaciones del trámite
.-No deben realizar Iniciación de Actividades, entre otros:
.-Trabajador dependiente,
.-Socio de sociedad, no constituidas éstas como Establecimientos Permanentes de empresas extranjeras,
.-Rentistas de capitales mobiliarios
•             Formulario asociado:

.-Para realizar estos trámites, los interesados se deben acercar a la oficina del Servicio de Impuestos Internos que tenga jurisdicción sobre el domicilio que, para estos efectos, declara el contribuyente, proporcionando los antecedentes e información solicitada en el Formulario 4415: Inscripción al Rol Único Tributario y/o Declaración de Inicio de Actividades.

Roselyen ; Nedjelka.

lunes, 28 de octubre de 2013

¿Por qué los consumidores escogen lo que ofrecemos, realmente como proyecto?

Los consumidores prefieren nuestros productos porque, son poco accesibles en el mercado ya que hay poca competencia porque no hay la mínima cantidad de empresas que se dedique a fabricar y distribuir productos que ofrecemos como empresa, también los clientes preferirán nuestros productos por la originalidad de ellos y de esa manera les ofrecemos calidad y un buen trato con el medio ambiente.

Nedjelka Nuñes, Roselyen Jerez y Jenifer Azocar

¿Cuál es la diferencia entre gestión y administración?

Gestión: es el proceso que desarrolla actividades productivas con el fin de generar rendimientos de los factores que en él intervienen. Diligencia que conduce al logro de un negocio o satisfacción de un deseo.

Administración: es la correcta disposición de bienes y recursos para potencializar su desarrollo en la consecución de utilidad o ganancia.

Cuando hablamos de administración y gestión de empresas nos referimos a la ciencia que estudia la organización que requiere una entidad empresarial para poder cumplir todos sus objetivos planteados desde el comienzo de la formación de la misma.

Quien se encarga de llevar a cabo la administración y gestión en una empresa, por lo general es un profesional capacitado que se encuentra debidamente titulado como “licenciado/a en administración y gestión de empresas”. Administración y gestión empresa en muchos casos, podemos decir que es común encontrarnos con empresas en las cuales emplean un profesional de esta área por cada departamento de recursos que la misma posea, pero debido a la inversión que esto implica, es mucho más práctico contratar solo a uno que se encargue de la administración y gestión de toda la empresa como un todo.

De todas formas debemos destacar que son solo las grandes empresas las únicas con la capacidad y el poder adquisitivo de pagar un sueldo de gestor y administrador por departamento, y no podemos ignorar el hecho de dichos profesionales pasaran a formar parte de los recursos humanos de la empresa en cuestión.
Es importante destacar que aunque la administración y la gestión sean herramientas conjuntas, no significan lo mismo; por un lado la gestión es el proceso que se encarga de desarrollar todas aquellas actividades productivas en una empresa, con el objetivo de generar rendimientos de los factores que suelen intervenir en el desarrollo de la misma. En palabras más simples, la gestión es una suerte de diligencia que ayuda a la conducción hacia el objetivo de una empresa o negocio. Por su parte la administración es la correcta y adecuada disposición de bienes y de recursos de una empresa para poder lograr la optimización del desarrollo correspondiente a la misma en la consecución de la utilidad o la ganancia.

nedjelka nuñez

¿Qué es gestión administrativa?

La Administración es la ciencia social y técnica encargada de la planificación, organización, dirección y control de los recursos (humanos, financieros, materiales, tecnológicos, del conocimiento, etc.) de una organización, con el fin de obtener el máximo beneficio posible; este beneficio puede ser económico o social, dependiendo de los fines perseguidos por la organización.

Otras definiciones de Administración (según varios autores):

-La administración como una ciencia social compuesta de principios, técnicas y prácticas y cuya aplicación a conjuntos humanos permite establecer sistemas racionales de esfuerzo cooperativo, a través de los cuales se puede alcanzar propósitos comunes que individualmente no es factible lograr.

-La Administración consiste en lograr un objetivo predeterminado, mediante el esfuerzo ajeno. (George R. Terry)

-La Administración es una ciencia social que persigue la satisfacción de objetivos institucionales por medio de una estructura y a través del esfuerzo humano coordinado. (José A. Fernández Arenas)

-La Administración es el proceso cuyo objeto es la coordinación eficaz y eficiente de los recursos de un grupo social para lograr sus objetivos con la máxima productividad. (Lourdes Münch Galindo y José García Martínez)

-La Administración es la gestión que desarrolla el talento humano para facilitar las tareas de un grupo de trabajadores dentro de una organización. Con el objetivo de cumplir las metas generales, tanto institucionales como personales, regularmente va de la mano con la aplicación de técnicas y principios del proceso administrativo, donde este toma un papel preponderante en su desarrollo óptimo y eficaz dentro de las organizaciones, lo que genera certidumbre en el accionar de las personas y en la aplicación de los diferentes recursos.


La palabra administración proviene del latín ad (hacia, dirección, tendencia) y minister (subordinación, obediencia, al servicio de), y significa aquel que realiza una función bajo el mando de otro, es decir, aquel que presta un servicio a otro, estar al servicio de otro.

Nedjelka Nuñez, Roselyen Jerez y Jenifer Azocar.

¿Cuál es la diferencia entre administrar y gestionar?

La diferencia entre administrar y gestionar es sobre todo de perspectiva. La administración tiene que ver principalmente con los aspectos normativos y técnicos del funcionamiento de una organización. De este modo, un servicio o una organización bien administrado es el que actúa en la estricta observancia de la normativa y que, en un plano más práctico, funciona en condiciones satisfactorias de orden, regularidad y calidad técnica. Por su parte, la noción de gestión introduce la perspectiva económica, de suerte que una buena gestión se produce cuando a partir de una determinada asignación de medios se produce/ofrece un bien/servicio máximo

Nedjelka nuñez

¿Qué es una empresa unipersonal?

Concepto de empresa unipersonal. Mediante la empresa unipersonal una persona natural o jurídica que reúna las calidades requeridas para ejercer el comercio, podrá destinar parte de sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil.
La empresa unipersonal, una vez inscrita en el registro mercantil, forma una persona jurídica.
Requisitos de formación. La empresa unipersonal se creará mediante documento escrito en el cual se expresará:  

1.- Nombre, documento de identidad, domicilio y dirección del empresario.

2.- Denominación o razón social de la empresa, seguida de la expresión “empresa unipersonal”, o de su sigla E.U., so pena de que el empresario responda ilimitadamente.

3.- El domicilio.

4.- El término de duración, si éste no fuere indefinido.

5.- Una enunciación clara y completa de las actividades principales, a menos que se exprese que la empresa podrá realizar cualquier acto lícito de comercio.

6.- El monto del capital haciendo una descripción pormenorizada de los bienes aportados, con estimación de su valor. El empresario responderá por el valor asignado a los bienes en el documento constitutivo.

7.- El número de cuotas de igual valor nominal en que se dividirá el capital de la empresa.

8.- La forma de administración y el nombre, documento de identidad y las facultades de sus administradores. A falta de estipulaciones se entenderá que los administradores podrán adelantar todos los actos comprendidos dentro de las actividades previstas.

JUSTIFICACIÓN DE LA EMPRESA UNIPERSONAL

Ella no es más que variante del concepto genérico de sociedad, siendo la otra la sociedad pluripersonal, a la cual estamos acostumbrados por nuestra tradición jurídica.

La empresa unipersonal tiene una justificación práctica que, por evidente no requiere de mayores explicaciones; ella permite a los empresarios destinar una parte de sus bienes a la realización de determinados negocios, dotándolos de personería jurídica y, por ende, logrando que su responsabilidad quede limitada al monto del acervo asignado a la nueva empresa; y todo esto podrá alcanzarlo sin necesidad de acudir a otras personas que colaboren como socios reales o simulados de la operación.


Ofrece así el derecho una alternativa negociar complementaria que permite a los empresarios escapar del dilema de no poder actuar sino en sociedad pluripersonal o como personas individuales.

Jenifer Azocar

¿Qué es una empresa filial estatal y como se conforma?

Una empresa filial estatal es, en términos generales, una entidad que está controlada por otra y en la cual los poderes públicos pueden ejercer directa o indirectamente en razón de la propiedad. La entidad que ejerce el control se llama comúnmente matriz. La empresa  filial se forma cuando la matriz compra un porcentaje de sus acciones suficiente para tener el control. Es decir, la matriz ostenta la mayoría de votos y ejerce el poder de decisión. Una matriz y sus filiales forman el llamado grupo de empresas.
Las filiales son entidades separadas. Están sujetas a impuestos independientes y así lo es también su regulación. Tienen personalidad jurídica propia. Las filiales establecidas en nuestro país están sujetas a la misma regulación que el resto de las entidades mercantiles. Son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y deben atenerse a las obligaciones contables y fiscales vigentes. También tienen obligación de presentar cuentas en el Registro Mercantil.
La filial puede deducir los pagos realizados a la matriz en forma de patentes, intereses, cánones…. Puede también recibir ayudas fiscales a la internacionalización o al fomento. Lo que no puede hacer es compensar pérdidas con la matriz. El reparto de beneficios con ella se producirá en forma de reparto de dividendos. La repatriación de dividendos goza de exenciones por doble imposición internacional, según lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre Sociedades.
A la hora de decidirnos por constituir un establecimiento permanente o una filial, debemos tener en cuenta, por un lado, la complejidad que revisten los trámites que requiere una o la otra. El establecimiento permanente tiene un funcionamiento más sencillo puesto que no constituye una entidad en si mismo. No ocurre lo mismo con la filial. Por otro lado, como hemos comentado en artículos anteriores, los gastos deducibles son diferentes. El establecimiento permanente puede deducirse menos gastos, pero ofrece la ventaja de que la matriz puede compensar las pérdidas que él le acarree.

Una posibilidad sería constituir un establecimiento permanente que nos permita desgravar las posibles pérdidas iniciales y transformarlo en filial en el momento en que empiece a tener beneficios. De este modo evitaremos una mayor tributación que se produciría al integrar esos beneficios en la Base Imponible de la matriz. Al transformarse en filial, la matriz recibiría los beneficios en forma de reparto de dividendos, con una fiscalidad más favorable.

Jenifer Azocar

¿Qué es una cooperativa?

Las Cooperativas son asociaciones que tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de sus socios de acuerdo con el principio de la ayuda mutua y presentan las siguientes características fundamentales:
Los socios tienen iguales derechos y obligaciones;
Cada socio tiene un solo voto por persona, y su ingreso y retiro es voluntario;
Deben distribuir el excedente correspondiente a operaciones con sus socios;
Deben observar neutralidad política y religiosa, desarrollar actividades de educación cooperativa y procurar establecer entre ellas relaciones federativas e inter-cooperativas. (Art. 1° Ley General de Cooperativas).

Por su parte, la Alianza Cooperativa Internacional, principal organismo de integración cooperativo a nivel mundial, define a las cooperativas como asociaciones autónomas de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada.

Jenifer Azocar

lunes, 21 de octubre de 2013

¿Qué es una Sociedad Comandita por Acciones?

La sociedad en comandita es una sociedad de tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad, y socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital o comprometido con la comandita.

Roselyen Jerez Calderón

¿Qué es una sociedad limitada?

Una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) o sociedad limitada (SL) es un tipo de sociedad mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no se responde con el patrimonio personal de los socios.

Roselyen Jerez Calderón

¿Cuál es la gestión de un administrador?

Los administradores deben tomar decisiones acertadas, tratándose de un conglomerado económico los errores pueden ser fatales y por su alto grado de gravedad imperdonable e irreversible, deben tener en cuenta lo contencioso económico externo: Los insumos, maquinarias, herramientas, equipos industriales. La fuerza laboral es vital en la organización puesto que contar con personal capacitado, facultado, motivado, que sienta que la empresa es suya al realizar la labor, facilitara el logro de los objetivos propuestos.

También debe cumplir la labor de investigador ya que debe saber qué es lo que quieren los clientes, ¿cuál es su máxima necesidad? y cuáles son sus debilidades y fortalezas. Son totalmente íntegros cuando interactúan y dominan las fluctuaciones del ambiente y las del medio interno de la organización, su contribución a la economía de un país y a las ciencias económicas es significativo colocándose en un alto rango dentro del mundo científico , racional y hacen posible con una excelente gestión, el cumplimiento de todos los objetivos internos que benefician a la organización y la sociedad.

Nedjelka Núñez